TELECOMUNICACIONES: REGULACIÓN Y MERCADO
Las comunicaciones electrónicas son una actividad completamente liberalizada y ampliamente armonizada a nivel europeo, con el propósito de facilitar el mercado interior. Sin duda, ello ha contribuido a una oferta más plural (en redes y servicios), a precios más reducidos y con mayor satisfacción del consumidor.
La recién reformada normativa europea establece un marco estable para el desarrollo del sector, que se basa en la libre iniciativa empresarial, pero que también prevé la intervención administrativa, cuando sea necesaria para promover la competencia y atender a los fallos del mercado. Esto explica que la regulación sectorial siga siendo el soporte fundamental sobre el que se asienta la actividad.
No obstante, la normativa aspira también a la máxima desregulación posible. De ahí que la aplicación del Derecho de la Competencia tenga una importancia cada vez mayor en el sector.
Finalmente, el mercado tiene también sus limitaciones. Esta es la razón de ser del servicio universal, que garantiza a todos los ciudadanos el acceso a prestaciones esenciales, en condiciones de igualdad, con precios y niveles de calidad adecuados.
SUMARIO
PRIMERA PARTE. LIBERALIZACIÓN Y ARMONIZACIÓN EUROPEA
CAPÍTULO 1°. MERCADO INTERIOR EUROPEO
- I. MERCADO INTERIOR EUROPEO DE TELECOMUNICACIONES
- II. LIBERALIZACIÓN
- A. Servicios de interés general en régimen de libre competencia
- 1. Servicios de interés general
- 2. En régimen de libre competencia
- B. Sus excepciones: reserva de actividades al Estado
- A. Servicios de interés general en régimen de libre competencia
- III. ARMONIZACIÓN
- A. Progresiva aproximación del régimen jurídico de las telecomunicaciones
- B. Régimen jurídico común de las comunicaciones electrónicas
- 1. Un horizonte de convergencia tecnológica y empresarial
- 2. Convergencia jurídica
- IV. APLICACIÓN DESCENTRALIZADA DE LA NORMATIVA EUROPEA: ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA Y MECANISMOS DE COORDINACIÓN.
- A. La aplicación de la normativa europea corresponde a las autoridades nacionales.
- B. Autoridades nacionales: garantías de imparcialidad y transparencia en su actuación.
- 1. Incompatibilidad entre las funciones de regulación y gestión
- 2. Su configuración como autoridades independientes
- C. Mecanismos de coordinación y cooperación
- 1. Mecanismos funcionales
- 2. Mecanismos organizativos
CAPÍTULO 2°. LIBERTAD DE CREACIÓN Y GESTIÓN DE INFRAESTRUCTURAS
- I. SU AFIRMACIÓN
- II. NEUTRALIDAD TECNOLÓGICA: REGULACIÓN HORIZONTAL DE LAS INFRAESTRUCTURAS
- III. INTEGRACIÓN VERTICAL VERSUS SEPARACIÓN EMPRESARIAL (REMISIÓN)
- IV. LIMITACIONES POR RAZONES DE INTERÉS GENERAL
- A. Normativa estatal
- 1. Protección de la salud
- 2. Medio ambiente
- 3. Cooperación
- B. Normativa autonómica
- 1. Ordenación del territorio
- 2. Medio ambiente y salud pública
- 3. Dominio público
- C. Normativa local
- 1. Planificación urbanística
- 2. Ordenanzas para el establecimiento de infraestructuras de radiocomunicación.
- 3. Dominio público: normativa local de obras y servicios
- A. Normativa estatal
- V. MEDIDAS DE PROMOCIÓN DE INFRAESTRUCTURAS DE COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS
- VI. INFRAESTRUCTURAS COMUNES DE TELECOMUNICACIONES EN EL INTERIOR DE LOS EDIFICIOS
- A. Su razón de ser
- B. Derecho y, en algunos casos, deber de instalar infraestructuras comunes de telecomunicaciones.
- 1. Su obligatoriedad en edificios construidos o rehabilitados a partir de 1998
- 2. Edificios antiguos
- C. Régimen jurídico de la infraestructura común de telecomunicaciones
CAPÍTULO 3°. LIBERTAD DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
- I. SU AFIRMACIÓN
- II. REGULACIÓN VERSUS AUTORREGULACIÓN
- III. SIMETRÍA REGULADORA: IDENTIDAD DE RÉGIMEN PARA EL MISMO TIPO DE SERVICIO
- A. El medio de transmisión no cambia la naturaleza del servicio
- B. Servicios convergentes: el problema de su calificación jurídica
- 1. Servicios de voz sobre IP
- 2. Radio y televisión a través de Internet
- IV. DERECHOS DE LOS USUARIOS
- A. Derecho de acceso a las redes y servicios de comunicaciones electrónicas
- 1. Respeto a los derechos fundamentales implicados
- 2. Capacidad de elección del usuario
- 3. Transparencia
- 4. Calidad del servicio
- B. Intimidad y protección de datos personales
- C. Inviolabilidad de las comunicaciones
- D. Derechos de los consumidores
- A. Derecho de acceso a las redes y servicios de comunicaciones electrónicas
- V. EL DEBATE SOBRE EL PRINCIPIO DE NEUTRALIDAD DE INTERNET (NET NEUTRALITY)
- A. Evolución del modelo de gestión de la red de acceso a Internet
- 1. En la fase inicial, los operadores se limitaban a la mera prestación de servicios de acceso a Internet.
- 2. Pretensión de los operadores de red de optimizar la gestión empresarial de sus infraestructuras.
- 3. Defensa de la neutralidad de la red
- B. Derechos y libertades implicados en la red
- 1. Libertades de expresión e información
- 2. Derecho de propiedad y libertad de empresa
- C. EEUU: desregulación de la banda ancha y sus consecuencias
- 1. Su calificación como servicios de comunicación: dejan de estar sujetos al deber de acceso.
- 2. FCC: declaración de principios en relación con Internet y su aplicación en el asunto Comcast.
- 3. FCC: propuesta de nuevas medidas
- D. Otros países
- E. Normativa europea de comunicaciones electrónicas
- A. Evolución del modelo de gestión de la red de acceso a Internet
SEGUNDA PARTE. REGULACIÓN SECTORIAL
CAPÍTULO 4°. ACCESO AL MERCADO Y EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
- I. COMUNICACIONES PREVIAS («AUTORIZACIÓN GENERAL»)
- A. Su imposición como regla: redes y servicios
- B. Delimitación y caracterización general
- 1. La llamada «autorización general»: clarificación conceptual
- 2. Caracterización general
- C. Su distinción de técnicas afines
- 1. Autorizaciones administrativas
- 2. Constataciones regladas
- 3. Comunicaciones simples
- 4. Declaración responsable
- II. CONTROL ADMINISTRATIVO: ALCANCE Y CONSECUENCIAS
- A. Control reglado de los requisitos para el ejercicio de la actividad
- B. No oposición a la iniciativa comunicada y subsiguiente inscripción registral
- 1. Crea una situación jurídica protegida
- 2. Actuaciones provisionales o experimentales: precariedad administrativa
- C. Objeciones a la iniciativa comunicada
- 1. Exigencia de adaptación
- 2. Prohibición de la actividad
- D. Resolución tardía de la administración: responsabilidad patrimonial
- III. EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD
- A. Derecho a realizar la actividad en las condiciones fijadas por la normativa
- B. Cambio normativo
- 1. Deber de adaptación: sujeción a la normativa en cada momento vigente
- 2. Sus exigencias y límites
- C. Cese en la actividad
- 1. Renuncia
- 2. Situación de ilegalidad
- 3. Incumplimiento
CAPÍTULO 5°. DERECHOS DE USO
- I. SU RAZÓN DE SER
- II. ESPECTRO RADIOELÉCTRICO
- A. Competencia estatal, cooperación y armonización del uso del espectro a nivel europeo e internacional.
- B. Modelos de gestión del espectro: flexibilización del modelo administrativo
- C. Derecho español: su configuración como dominio público condiciona todo su régimen jurídico.
- 1. Dominio público estatal
- 2. Consecuencias
- D. Principios de gestión
- 1. Planificación
- 2. Intervención mínima: en lo posible, no deben exigirse derechos individuales de uso.
- 3. Eficacia y eficiencia
- 4. Neutralidad tecnológica
- 5. Neutralidad de servicios
- 6. Transparencia: registro de usos y de operadores
- 7. Competencia
- E. Uso del espectro radioeléctrico: aspectos de su régimen jurídico
- 1. Tipos de uso y títulos administrativos habilitantes
- 2. Derecho al uso del espectro radioeléctrico y su posible limitación
- 3. Competencia y procedimiento para el otorgamiento de los títulos habilitantes.
- 4. Régimen jurídico de la actividad y su posible modificación
- 5. Extinción
- F. Transmisibilidad de los derechos de uso
- 1. Reglas generales: previsión, excepciones, condiciones y límites
- 2. Transferencia de derechos de uso
- 3. Cesión de derechos de uso
- III. NUMERACIÓN
- A. Un recurso esencial reservado al sector público
- B. Planes y asignación de derechos de uso
- C. Asignación de numeración
- D. Posición jurídica del titular del número
- E. Conservación del número en el caso de cambio de operador
- IV. NOMBRES DE DOMINIO EN INTERNET
- V. USO DEL DOMINIO PÚBLICO LOCAL
- A. Derecho del operador al uso del dominio público local
- 1. Su reconocimiento
- 2. Condiciones y límites
- B. Títulos administrativos habilitantes
- 1. ¿Licencia o concesión demanial?
- 2. Caracterización general
- A. Derecho del operador al uso del dominio público local
- VI. OCUPACIÓN DE BIENES NO DEMANIALES
- A. Su reconocimiento
- B. Otras servidumbres y limitaciones a la propiedad
- VII. USO COMPARTIDO DE BIENES E INFRAESTRUCTURAS
- A. Delimitación
- B. Su razón de ser y sus límites
- C. Promoción y —en su defecto— imposición del uso compartido
- 1. Promoción
- 2. Imposición
- VIII. TASAS
- A. Razón de ser
- B. Principios
- C. Clases
- 1. Tasa general de operadores
- 2. Numeración telefónica
- 3. Reserva del dominio público radioeléctrico
- 4. Telecomunicaciones
- 5. Utilización del dominio público local
CAPÍTULO 6°. PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA (I)
- I. LA REGULACIÓN SECTORIAL COMO MEDIO DE PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- II. MODELO DE COMPETENCIA EN INFRAESTRUCTURAS
- A Se entiende que la existencia de infraestructuras alternativas, no sólo es posible sino conveniente.
- B. Modelo económico de la escalera de inversión («ladder of investment»)
- C. ¿Es un monopolio natural el bucle de abonado?
- III. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS OBLIGACIONES ESPECIALES Y GARANTÍA PATRIMONIAL DEL OPERADOR DOMINANTE
- A. Las obligaciones especiales en principio, tienen naturaleza ablatoria
- B. Razones que pueden justificar la reducción —o exclusión— de compensación económica por la imposición de obligaciones especiales.
- 1. Especial responsabilidad del operador dominante de no distorsionar la competencia.
- 2. Compensación por ventajas públicas
- 3. Derechos de uso sobre recursos escasos
- IV. MENOR DISTORSIÓN POSIBLE DEL MERCADO: LIBERTAD DE EMPRESA, RIESGO EMPRESARIAL Y COMPETENCIA SOSTENIBLE
- A. Aceptar las limitaciones del sector: no hay que tratar de predeterminar, ni la estructura, ni las condiciones del mercado.
- B. Equilibrio entre los objetivos del corto y largo plazo
- C. Incentivar las inversiones de los nuevos entrantes y no desincentivar las del operador establecido.
- V. OBLIGACIONES GENERALES: MEDIDAS APLICABLES A TODOS LOS OPERADORES
- A. Interconexión y acceso a las redes y recursos asociados
- 1. Su importancia
- 2. Ámbito de aplicación
- 3. Derecho-deber de negociar la interconexión
- B. Itinerancia internacional (roaming)
- C. Iniciativa pública empresarial: paridad de trato y no distorsión de la competencia (remisión)
- D. Límites a la dirección de más de un operador principal
- E. Empresas titulares de derechos especiales o exclusivos en otros sectores económicos: separación contable.
- F. Normas técnicas
- 1. Normalización técnica
- 2. Aparatos de telecomunicaciones: evaluación de conformidad e instalación
- A. Interconexión y acceso a las redes y recursos asociados
CAPÍTULO 7°. PROMOCIÓN Y DEFENSA DE LA COMPETENCIA (II): OBLIGACIONES ESPECIALES
- I. MERCADOS SUSCEPTIBLES DE «REGULACIÓN EX ANTE»
- A. Definición del mercado relevante
- 1. Mercado objetivo
- 2. Mercado geográfico
- B. Identificación de los mercados en los que la ausencia de competencia puede requerir la imposición de obligaciones ex ante.
- 1. Criterios
- 2. Delimitación inicial por la Comisión Europea de los mercados susceptibles de regulación ex ante.
- 3. Delimitación de mercados relevantes por la CMT
- C. Determinación de los operadores con poder significativo de mercado
- A. Definición del mercado relevante
- II. OBLIGACIONES ESPECIALES CRITERIOS PARA SU IMPOSICIÓN
- A. Empresas
- 1. Su imposición preferente a empresas con poder significativo de mercado
- 2. En circunstancias excepcionales, pueden imponerse a operadores sin poder significativo de mercado: acceso a las redes de fibra óptica en el interior de los edificios.
- B. Medidas: su carácter limitativo y sujeto a revisión
- 1. Especificidad
- 2. Necesidad, proporcionalidad eficiencia, y protección de la competencia
- 3. Actuación preferente sobre los mercados al por mayor
- 4. Situación especial de los mercados emergentes
- 5. Revisión periódica
- C. Procedimiento
- A. Empresas
- III. MERCADOS MAYORISTAS
- A. Acceso e interconexión
- 1. Su imposición
- 2. Acceso desagregado al bucle de abonado
- 3. Servicio mayorista de acceso de banda ancha hasta 30 Mbit/s
- 4. Acceso a la infraestructura de obra civil
- 5. Obligación de mantenimiento de la red de par de cobre
- 6. Asimetría de precios de terminación de llamadas, en redes fijas y móviles.
- B. Transparencia
- 1. Oferta de referencia
- 2. Contabilidad de costes
- 3. Suministro de información
- C. Regulación de precios
- D. No discriminación
- E. Separación empresarial
- 1. Preservación de la concurrencia en empresas verticalmente integradas que controlan infraestructuras no sujetas a una competencia efectiva.
- 2. Separación contable
- 3. Separación funcional .
- 4. Separación voluntaria
- F. Cuadro de las obligaciones especiales impuestas por la CMT en la revisión de mercados de 2009.
- A. Acceso e interconexión
- IV . MERCADOS MINORISTAS
- A. Selección de operador
- B. Control de precios
- 1. Su justificación y riesgos
- 2. Principios
- 3. Técnicas de control de precios
- C. Contabilidad de costes
- D. Separación contable
- E. Cuadro de las obligaciones especiales impuestas por la CMT en la revisión de mercados de 2009.
CAPÍTULO 8°. GARANTÍA DE PRESTACIONES DE SERVICIO PÚBLICO
- I. CARACTERIZACIÓN GENERAL
- A. Garantía pública de prestaciones esenciales frente a posibles insuficiencias del mercado.
- B. Naturaleza jurídica
- 1. Prestación forzosa
- 2. De carácter especial
- 3. Asunción voluntaria y —en su defecto— imposición de la prestación
- 4. Principio de indemnidad patrimonial: su sujeción a compensación económica.
- C. Principios aplicables a la imposición de obligaciones de servicio público
- II. SERVICIO UNIVERSAL
- A. Delimitación
- B. Su alcance
- 1. Conexión a la red pública y acceso al servicio telefónico disponible al público.
- 2. Guía telefónica y servicio de consulta telefónica sobre números de abonado.
- 3. Teléfonos públicos de pago y equipos terminales de acceso a Internet de banda ancha.
- 4. Accesibilidad de los usuarios finales con discapacidad al servicio telefónico desde una ubicación fija.
- C. Su justificación.
- 1. Disponibilidad: garantía de prestaciones esenciales a todos los usuarios finales.
- 2. Calidad en el servicio
- 3. Precio asequible
- D. Imposición de obligaciones de servicio universal
- 1. Apreciación de su necesidad
- 2. Empresas encargadas de su prestación
- 3. Prestación y control
- E. Financiación
- 1. Principio de indemnidad: compensar la «carga injustificada» que puede representar la prestación del servicio.
- 2. Sistemas de financiación
- III. OTRAS OBLIGACIONES DE SERVICIO PÚBLICO
CAPÍTULO 9°. INFORMACIÓN, INSPECCIÓN Y RÉGIMEN SANCIONADOR
- I. DEBER DE INFORMACIÓN
- II. POTESTADES ADMINISTRATIVAS DE INVESTIGACIÓN E INSPECCIÓN
- A. Competencia
- B. Principios jurídicos
- C. Derechos de los interesados
- 1. privacidad: inviolabilidad de domicilio, de la correspondencia y protección de datos personales.
- 2. Derechos de defensa: confidencialidad de la correspondencia con el abogado; derecho a la no autoinculpación.
- 3. Propiedad privada y libertad de empresa: protección de la información confidencial y del secreto profesional.
- III. RÉGIMEN SANCIONADOR
- A. Competencia
- B. Infracciones
- C. Procedimiento
- D. Sanciones
TERCERA PARTE. DERECHO DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO 10°. CARACTERIZACIÓN GENERAL
- I. ÁMBITO DE APLICACIÓN
- A. Actuaciones económicas realizadas por las empresas de manera autónoma
- B. Actuaciones públicas
- II. SU RAZÓN DE SER: PROTECCIÓN DEL PROCESO COMPETITIVO EN EL MERCADO
- III. REGULACIÓN SECTORIAL Y NORMAS GENERALES DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA: CRITERIOS DE RELACIÓN
- A. Complementariedad: ambas normas se refieren a aspectos distintos de la actividad.
- B. Sustituibilidad: ambas normas regulan los mismos aspectos de la actividad
- C. La regulación puede dejar un margen de actuación anticompetitiva, que puede ser abordada desde el Derecho de la Competencia.
- IV. NORMATIVA APLICABLE
- A. Derecho internacional
- B. Derecho europeo
- 1. Distribución de competencias entre la Comunidad Europea y los Estados miembros.
- 2. Coordinación y cooperación
- C. Derecho español
- V. ÓRGANOS ENCARGADOS DE LA APLICACIÓN DE LAS NORMAS DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
- A. Derecho comunitario europeo
- 1. Aplicación centralizada de las normas de la competencia
- 2. Aplicación descentralizada: corresponde a los Estados decidir si encomiendan la aplicación de las normas de defensa de la competencia a autoridades administrativas o judiciales.
- B. Derecho español
- 1. Materias reservadas a las autoridades administrativas de la Competencia
- 2. Competencias concurrentes: autoridades administrativas y judiciales
- 3. Materias reservadas a las autoridades judiciales: la llamada acción privada.
- 4. Órganos sectoriales versus órganos horizontales de defensa de la competencia.
- A. Derecho comunitario europeo
CAPÍTULO 11°. ACTUACIONES EMPRESARIALES
- I. ACUERDOS Y PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA
- A. Su prohibición
- 1. Existencia de acuerdos y prácticas concertadas
- 2. Restricción, impedimento o falseamiento de la libre competencia
- 3. invalidez: nulidad de pleno derecho
- B. Clases de acuerdos
- 1. Acuerdos horizontales
- 2. Acuerdos verticales
- C. Exenciones
- 1. Su razón de ser
- 2. Requisitos
- 3. Aplicación singular y genérica (reglamentos de exención por categorías)
- D. Remedios y sanciones
- 1. Remedios: deberes de comportamiento o estructurales
- 2. Sanciones
- A. Su prohibición
- II. ABUSO DE POSICIÓN DOMINANTE
- A. Definición del mercado relevante
- 1. Mercado del producto
- 2. Mercado geográfico
- 3. Metodología
- B. Posición dominante en el mercado
- C. Prohibición de abuso de posición dominante
- 1. Su alcance, fundamento y condiciones
- 2. Prácticas prohibidas
- A. Definición del mercado relevante
- III. CONTROL DE LA ESTRUCTURA DEL MERCADO
- A. Su razón de ser: preservación de una estructura del mercado competitiva
- B. Concentración empresarial: su delimitación
- C. Prohibición de concentraciones con efectos anticompetitivos
- D. Procedimiento, remedios y sanciones
CAPÍTULO 12°. ACTUACIONES PÚBLICAS
- I. REGULACIÓN ESTATAL: NO DEBE AMPARAR PRÁCTICAS ANTICOMPETITIVAS
- II. EMPRESAS PÚBLICAS Y EMPRESAS CON DERECHOS ESPECIALES O EXCLUSIVOS (ART. 106.1 TFUE)
- A. Delimitación
- 1. Empresas públicas
- 2. Derechos exclusivos
- 3. Derechos especiales
- B. Su legitimación
- 1. Iniciativa pública empresarial
- 2. Derechos exclusivos o especiales
- C. Su sujeción a las normas de defensa de la competencia
- 1. Alcance: art. 106.1 TFUE
- 2. Principio de paridad de trato
- 3. Los derechos exclusivos no pueden amparar prácticas anticompetitivas
- 4. Prohibición de subvenciones cruzadas
- 5. Deberes instrumentales: transparencia y separación contable
- A. Delimitación
- III. SERVICIOS DE INTERÉS ECONÓMICO GENERAL (ART. 106.2 TFUE)
- A. Regla: sujeción a las normas generales de defensa de la competencia
- B. Excepción a su aplicación
- 1. Necesidad: su aplicación ha de impedir el cumplimiento de la misión que tienen encomendada.
- 2. No favorecer prácticas anticompetitivas
- 3. Proporcionalidad: los intercambios no deben quedar afectados en medida contraria al interés general.
- IV. AYUDAS PÚBLICAS
- A. Delimitación
- 1. Ventajas económicas
- 2. Procedencia pública: «otorgadas por los Estados o mediante fondos estatales»
- 3. Su carácter selectivo
- 4. Sus efectos: restricción de la competencia
- B. Principio general: prohibición de las ayudas estatales que afecten al comercio entre Estados miembros.
- C. Excepciones
- 1. Requisitos generales de compatibilidad de las ayudas estatales
- 2. Supuestos
- 3. Directrices relativas a las ayudas a la banda ancha y a las redes de nueva generación.
- D. Control de las ayudas estatales
- 1. Ayudas existentes
- 2. Proyectos dirigidos a establecer o modificar ayudas
- A. Delimitación
- V. CONTRATACIÓN PÚBLICA
- A. La contratación pública como factor de distorsión de la competencia
- B. Su sujeción a las normas del TFUE
- 1. Contratos sujetos a armonización comunitaria
- 2. Contratos no sujetos a armonización comunitaria: «concesión de servicios»
- C. Inexistencia de externalización de servicios: contratación doméstica (in house providing)
ÍNDICE CRONOLÓGICO DE DISPOSICIONES CITADAS
BIBLIOGRAFÍA

