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PR脕CTICO ADMINISTRACI脫N LOCAL. CONTRATACI脫N.
Enviado por zaralibro el 27 Junio, 2008 - 13:23
R茅gimen Local
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La nueva ley de contratos del sector p煤blico incorpora a nuestro ordenamiento la Directiva 2004/18/CE.
Las principales novedades que presenta su contenido afectan a:
- la delimitaci贸n de su 谩mbito de aplicaci贸n, la delimitaci贸n de los entes sujetos se realiza en t茅rminos muy amplios: el art. 3 de la ley garantiza su extensi贸n a cualquier organismo o entidad que, con arreglo a la norma comunitaria, deba estar sometido a sus prescripciones
- la tipificaci贸n legal de una nueva figura, el contrato de colaboraci贸n entre el sector p煤blico y el sector privado que podr谩n utilizarse para la obtenci贸n de prestaciones complejas o afectadas de una cierta indeterminaci贸n inicial, y cuya financiaci贸n puede ser asumida, en un principio, por el operador privado, mientras que el precio a pagar por la Administraci贸n podr谩 acompasarse a la efectiva utilizaci贸n de los bienes y servicios que constituyen su objeto.
- Se acu帽a la categor铆a legal de 芦contratos sujetos a regulaci贸n armonizada禄, para identificar el 谩mbito normativo supeditado a las prescripciones de las directivas comunitarias que define los negocios que, por raz贸n de la entidad contratante, de su tipo y de su cuant铆a, se encuentran sometidos a las directrices europeas.
- En lo que se refiere a la preparaci贸n y adjudicaci贸n de los negocios las principales novedades afectan a la previsi贸n de mecanismos que permiten introducir en la contrataci贸n p煤blica consideraciones de tipo social y medioambiental, configur谩ndolas como condiciones especiales de ejecuci贸n del contrato o como criterios para valorar las ofertas...
- Se articula un nuevo recurso administrativo especial para poder recurrir en determinados contratos los acuerdos de adjudicaci贸n provisional, los pliegos reguladores de la licitaci贸n y los que establezcan las caracter铆sticas de la prestaci贸n, y determinados actos de tr谩mite.
- La ley contiene una revisi贸n general de la regulaci贸n de la gesti贸n contractual, para simplificarla y disminuir los costes y cargas que recaen sobre la entidad contratante y los contratistas particulares: se revisa el sistema de clasificaci贸n de contratistas, los medios de acreditaci贸n de los requisitos de aptitud exigidos para contratar con el sector p煤blico, y los procedimientos de adjudicaci贸n, elevando las cuant铆as que marcan los l铆mites superiores de los simplificados y se articula un nuevo procedimiento negociado con publicidad para contratos no sujetos a regulaci贸n armonizada que no superen una determinada cuant铆a.
- Se incorpora la terminolog铆a comunitaria de la contrataci贸n: los t茅rminos 芦concurso禄 y 芦subasta禄 se subsumen en la expresi贸n 芦oferta econ贸micamente m谩s ventajosa禄
- Se ha regulado la figura del responsable del contrato, al que el 贸rgano de contrataci贸n podr谩, encomendar la gesti贸n integral del proyecto.
- Se articula un nuevo procedimiento de adjudicaci贸n: el di谩logo competitivo, pensado para contratos de gran complejidad, se establece una nueva regulaci贸n de diversas t茅cnicas para racionalizar las adquisiciones de bienes y servicios (acuerdos marco, sistemas din谩micos de adquisici贸n y centrales de compras................)
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